Ampliaron el Repro “gastronómico” para autónomos y monotributistas

Empresarios monotributistas y autónomos que empleen hasta cinco trabajadores serán considerados como un trabajador más y podrán recibir el subsidio que por el mes de abril alcanzará el monto máximo de hasta $18.000.

Las marchas y movilizaciones de los gastronómicos, luego de las restricciones horarias y la prohibición de servir puertas adentro, obligaron al Gobierno a poner el ojo en el sector que considera en “estado crítico”. Así lo calificó Claudio Moroni después de reunirse con el gabinete económico.

El ministro de Trabajo, Claudio Moroni, confirmó ayer una ampliación del Repro para asistir a empresarios monotributistas y autónomos que empleen hasta cinco trabajadores.

Con esta medida, oficializada en la Resolución 206/2021 del Boletín Oficial, aquellos que cumplan con el requisito del Repro, el programa para subsidiar a diferentes negocios afectados por la pandemia, serán considerados como un trabajador más y podrán recibir el subsidio que por el mes de abril alcanzará el monto máximo de hasta $18.000.

“La verdad es que la pandemia se complicó, la famosa segunda ola llegó y entendimos que teníamos que establecer algunas restricciones y algunas ayudas adicionales a los sectores más afectados. Hoy el sector más afectado es el gastronómico, rubro que llamamos crítico como el turismo que van a tener una asistencia superior a la que tuvieron el mes pasado. Por eso ampliamos la asistencia de $12.000 a $18.000″, afirmó el ministro.

Luego agregó: “En términos porcentuales de los salarios promedio de esas actividades es una asistencia muy razonable. Con el Repro estamos tratando de evaluar el impacto de lo que va a tener sobre todo en el sector gastronómico donde lo hemos ampliado, no solo a los trabajadores sino a los empresarios, en caso que sean monotributistas o autónomos y tengan hasta cinco trabajadores. Los vamos a considerar un trabajador más y le vamos a dar la asistencia”.

Moroni remarcó que desde el Gobierno se encuentran todavía analizando el costo de las medidas y su impacto en el presupuesto.

Desde el miércoles los gastronómicos pueden tramitar la solicitud para recibir el subsidio. La asignación y pago será en principio por el mes de abril, pero la norma dispuso que podrá ser extendido si se prorrogan las medidas de restricción.

El monto de asistencia no es fijo sino que es un tope máximo que tiene que autorizar un comité de la AFIP y el Ministerio de Trabajo. Los gastronómicos manifestaron que desde la implementación del Repro solo alcanzó al 20% del sector. Luego de un año con cierres de establecimientos, en enero aumentaron en gran medida las presentaciones de distintos negocios de la gastronomía para conseguir el subsidio.

Requisitos para acceder al Repro gastronómico

Primero el empleador tiene que presentar la nómina de empleados con el CBU de cada uno.

Se tiene que estar declarado ante la AFIP como servicio de restaurantes y cantinas con y sin espectáculo; de comidas rápidas y locales de venta de comidas y bebidas al paso; de expendio de bebidas en bares; de expendio de comidas y bebidas en establecimientos con servicio de mesa o en mostrador; de preparación de comidas realizadas por o para vendedores ambulantes, y para empresas y eventos; y de cantinas con atención exclusiva a los empleados o estudiantes dentro de empresas o establecimientos educativos.

Se tiene que acreditar el pago de al menos tres pagos al régimen de trabajo independiente correspondiente, en los últimos seis meses previos a realizar la solicitud. En el caso de declarar una fecha de inscripción al régimen correspondiente posterior a los seis meses previos a realizar la solicitud al programa, deberá registrarse como mínimo un pago.

Además, tendrán que haber facturado un 20% menos para el periodo comprendido entre el 1 al 20 de abril de 2021 y el mismo periodo de 2019. En caso que la fecha de inscripción al régimen de trabajo independiente correspondiente sea posterior al 1 de abril de 2019, se excluye la presente condición para acceder al beneficio.

En caso de contar con trabajadores en relación de dependencia no se podrá contar con una dotación de personal superior a cinco empleados en el mes anterior a la solicitud del subsidio. Tampoco deberán figurar en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (Repsal). El indicador de liquidez corriente (activo corriente / pasivo corriente) para marzo último deberá presentar un valor máximo que será definido por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa Repro II.Fuente: La Nación