Anulan parcialmente la resolución de Provincia que habilitaba la caza de animales autóctonos

La Cámara Segunda en lo Civil y Comercial resolvió este jueves admitir parcialmente la demanda que organizaciones ambientalistas presentaron contra la Resolución 1099/22 que habilitó desde el 14 de mayo y hasta el 15 de agosto la caza de seis especies –cinco de ellas autóctonas.

De esta forma la Justicia anuló la resolución de la Dirección de Recursos Naturales de la Provincia de Entre Ríos, por lo que, con efecto inmediato, deja de estar permitida la caza de las especies autóctonas Pato Picazo (Netta peposaca), Pato Sirirí Pampa (Dendrocygna viduata), Pato Sirirí Colorado (Dendrocygna bicolor), Pato Capuchino (Anas versicolor) y Perdiz Chica (Nothura maculosa).

Indicaron que se considera una ilegalidad al contraponerse con la ley provincial N° 4.841 y las leyes nacionales N° 22.421 y N° 25.675,e inconstitucionalidad e inconvencionalidad en tanto contraviene la Constitución Nacional -art.41- y Provincial -art.22- y las Convenciones y Acuerdo Internacionales (Ramsar, Bonn y Río, Escazú).

Además, resolvieron que “a los fines de asegurar su complimiento inmediato líbrese oficio a la Policía de Entre Ríos, Gendarmería Nacional y Dirección de General de Fiscalización de la Provincia de Entre Ríos”.

Por otro lado, se imponen “las costas a la demandada -art.20 LPC 5°) Regular los honorarios profesionales de las Dras. María Aldana Sasia y Cecilia Inés Domínguez en las sumas de Pesos ciento ochenta y cinco mil ($185.000,00) y Pesos ciento sesenta y seis mil quinientos ($ 166.500,00) equivalentes a 100 y 90 juristas, respectivamente, art.3 de la Ley de Aranceles. La Regulación no incluye IVA. Valor jurista $ 1.850”.

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