Asueto y receso administrativo en la Municipalidad

Se firmó este lunes el Decreto que fija el asueto municipal entre el 24 y el 31 de diciembre. También establece receso desde el 1 hasta el 15 de enero, a cuenta de la licencia de cada empleado.

El Departamento Ejecutivo Municipal sancionó el Decreto Nº 26.622, que dispone en su artículo primero: el “Asueto Administrativo en el ámbito de la administración pública municipal, en el período comprendido entre el 24 y el 31 de diciembre del 2020”.

A través de la misma legislación, en su artículo segundo, estableció el “Receso administrativo en el ámbito de la Administración Pública Municipal, desde el 1 al 15 de enero, computándose dicho período a cuenta de la licencia anual ordinaria”.                                                                                                                                    

La normativa aclara, además, que “no quedarán comprendidos como tampoco serán alcanzados por el receso administrativo los agentes que sean designados para desempeñarse en guardias o servicios esenciales, según lo determinado por la Secretaría que corresponda”.

Trámites administrativos

En cuanto a la gestión administrativa, el Decreto suspende los plazos procesales correspondientes a los expedientes administrativos municipales, entre el día 24 de diciembre de 2020 y el 15 de enero de 2021, inclusive, aunque quedan exceptuados los expedientes referidos a los procedimientos de selección de compras (Ordenanza 9622), obras públicas, operaciones de crédito público y a lo que expresamente las autoridades habiliten -fijando día y hora-, y la emisión de los actos administrativos de su competencia.

Obligaciones tributarias

Los vencimientos de las obligaciones tributarias municipales, comprendidas entre las fechas señaladas, no sufrirán modificación alguna respecto del calendario vigente.