Con fallo dividido, el Superior Tribunal reafirmó la constitucionalidad de la Ley de Emergencia

El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJ), integrado por los conjueces Martín Acevedo Miño; Gabriela del Carmen Cevallos; Alejandro Canavesio; Enrique Marciano Martínez y Gastón Juste, resolvió revocar el fallo de primera instancia que había favorecido a jubilados del Estado que buscaban evitar los descuentos que estableció la norma

El STJ revocó el fallo de primera instancia de la causa “Pabón Ezpeleta, Carlos Alberto y otros” contra el Gobierno provincial, una acción de amparo que buscaba evitar el descuento de haberes que establece la Ley de Emergencia Provincial llevada adelante por el mismo gobierno, para financiar el déficit de la Caja de Jubilaciones.

La decisión se dio por mayoría. Los conjueces Acevedo Miño y Cevallos votaron por sostener el fallo de primera instancia que había declarado la inconstitucionalidad de la norma provincial. Por el contrario, Canavesio; Martínez y Justet votaron por revocar la sentencia.