El Gobierno oficializó los créditos a tasa cero para monotributistas: el decreto

Los créditos serán de acuerdo a la categoría de monotributo al 30 de junio, antes de la recategorización. Para la categoría A se prevé hasta $ 90.000, para la categoría B llega a $ 120.000 y de la categoría C en adelante $ 150.000.

El Gobierno oficializó el programa de crédito a tasa 0 para monotributistas, mediante el cual busca «acompañar el proceso de recuperación productiva» de la economía argentina.

Mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 512/2021, publicado este viernes en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente Alberto Fernández y todo el gabinete nacional, se formalizó la puesta en marcha del «Programa Crédito a Tasa Cero 2021 con el objeto de asistir a trabajadores y trabajadoras adheridos y adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes».

Los créditos serán de acuerdo a la categoría de monotributo al 30 de junio, antes de la recategorización. Para la categoría A se prevé hasta $ 90.000, para la categoría B llega a $ 120.000 y de la categoría C en adelante $ 150.000.

Tal como se había anunciado este martes, para acceder al beneficio hay que estar adherido al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y cumplir con las condiciones que establezca el Ministerio de Desarrollo Productivo.

«No se encuentran comprendidos en el Programa los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que perciban ingresos en relación de dependencia o estén inscriptos en el Sistema Integral Previsional Argentino (SIPA) como trabajadores autónomos», se precisó en la normativa.

El dato que los distingue de la edición anterior, es que estos préstamos se acreditarán en un solo desembolso en la tarjeta de crédito de cada monotributista. Según se informó, los préstamos están garantizados por el Ministerio de Desarrollo Productivo y se tramitarán a través de la página web de la AFIP. Tendrán un plazo de pago de doce meses y seis meses de gracia.

Dentro del esquema dispuesto para la obtención del crédito se indicó en el decreto que los contribuyentes no deberán encontrarse «en mora en el cumplimiento de sus obligaciones ni en las condiciones de vigencia de los beneficios que les fueran acordados». Tampoco podrán acceder quienes estén «con ejecución en trámite o se les hubiera ejecutado la garantía del Fondo de Garantías Argentino (FoGAr)».

En el caso de que hubieran obtenido un crédito a tasa 0 en el marco del Programa ATP y que al momento de solicitar este nuevo préstamo se encontrasen en mora, deberán destinar «el monto del nuevo crédito a cancelar la totalidad del monto adeudado y podrán gozar libremente del saldo, si quedare remanente».

Asimismo, el decreto confirmó que los contribuyentes que accedan al crédito no podrán acceder al Mercado Único y Libre de Cambios para realizar operaciones correspondientes a la formación de activos externos.

Tampoco podrán «concertar ventas en el país de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o canjes de títulos valores por otros activos externos o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior».

El Ministerio de Desarrollo Productivo será la autoridad de aplicación del programa Crédito a Tasa Cero 2021 y dictará «las normas complementarias y aclaratorias que sean necesarias para su implementación».

Para acceder al beneficio, los monotributistas deberán ingresar a la web de AFIP y con la clave fiscal seleccionar el servicio “Crédito Tasa Cero”.

En la web, el contribuyente verificará si califica para solicitar el préstamo y el monto del crédito que le corresponde de acuerdo a su categoría.

Además deberá seleccionar la entidad financiera donde está emitida su tarjeta de crédito para finalizar el trámite.
En los fundamentos de esta iniciativa se resaltó que «en la actual coyuntura de reactivación económica del sector productivo, corresponde que el Gobierno nacional adopte medidas tendientes a acompañar la misma e incentivar el consumo, en el contexto de recuperación y reconstrucción productiva de nuestro país».