Nueva demanda por la tarifa eléctrica

La Asociación de Defensa de Consumidores Entrerrianos (Adecen), que defiende los derechos de los consumidores, inició un trámite administrativo en el EPRE que resultó adverso y después fue a la Justicia. La ONG planteó una impugnación contra las resoluciones dictadas por el Ente.

La recomposición tarifaria sobrevino luego de dos años seguidos de congelamiento, producto de un acuerdo con la Nación y la merma sustancia de los subsidios, y generó lo esperado: una seguidilla de presentaciones en la Justicia para obligar al Gobierno a retrotraer la situación. Pero aunque hubo fallos en primera instancia favorables a los usuarios, la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) terminó convalidando el tarifazo.

La demanda, dice la presentación, “tiene por objeto cautelar preventivamente los derechos humanos fundamentales que todos los usuarios y la asociaciones de consumidores tienen a la defensa de los derechos de consumidores y usuarios de bienes y servicios públicos y privados, a la participación que estos tienen en los organismos de control y a una tarifa justa, razonable y transparente”, tal cual lo manda la Constitución Nacional.

Pero esos derechos, señala el escrito, “hoy día se encuentran grave y notoriamente afectados a raíz del nuevo cuadro tarifario dispuesto por el EPRE a instancias de la distribuidora Enersa”. Y por eso, Adecen pidió a la Justicia “como medida cautelar la suspensión inmediata de los efectos de las resoluciones Nº 146/15, 150/15 y 12/16 emitidas por el Ente Regulador, en tanto que las mismas además de resultar manifiestamente ilegítimas por adolecer vicios y defectos que las invalidan como actos jurídicos, vulneran de manera grave e irreparable derechos humanos fundamentales de los usuarios y consumidores vinculados al acceso al consumo de un servicio tan esencial como lo es el servicio eléctrico”.

Incumplimientos

Adecen no sólo reclama el respeto de derechos consagrados en la Constitución Nacional sino también la aplicación de la Ley N°24.240 de Defensa del Consumidor. Pero también pide que se atienda lo que establece la Ley N° 8916 de Marco Regulatorio Eléctrico, que fija que ninguna modificación tarifaria no puede realizarse sin antes no se convoca a una audiencia pública, informó EL DIARIO.

Al respecto, Adecen advierte que “el procedimiento para la modificación de la tarifa es claro y no admite excepciones de ningún tipo basados en supuestos costos de generación y/o distribución, exigiéndose para activar ese proceso que el pedido de modificación tarifaria se funde únicamente en circunstancias objetivas y justificadas”.

 Cuadro

En Entre Ríos, el Ente Regulador puso en vigencia a principios de año el aumento aprobado en la audiencia pública de enero de 2014 en Villaguay, del 19,8 por ciento, pero también la actualización inflacionaria de los dos años de congelamiento y también el aumento registrado en el mercado mayorista eléctrico. Es decir, a aquel 19,8 por ciento se le sumó un 37, luego un 43 y otro 57 por ciento. Así, entre diciembre de 2015 y febrero de 2016, la tarifa se incrementó 137 por ciento.