Paraguayo expulsan del país condenado por narcotráfico en Entre Ríos

El sujeto de 30 años, fue condenado en 2018 por el Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay a la pena de cuatro años y cuatro meses de prisión. Está alojado en la Unidad Penal N° 4. no podrá regresar a Argentina.

 El hombre, de 30 años, no podrá regresar a Argentina. Fue condenado en 2018 por el Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay a la pena de cuatro años y cuatro meses de prisión por el delito de Transporte de estupefacientes. Fiscalía se opuso a la expulsión porque no pagó la multa de 135.000 pesos que se le impuso con la pena.

El juez estimó que Fiscalía agregó «un requisito que no está incorporado» en la Ley de Migraciones. El juez del Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay, Sebastián Gallino, resolvió «poner a disposición de la Dirección Nacional de Migraciones, y en lo que respecta a la presente causa en trámite por ante éste Juzgado, al condenado AVG, paraguayo, de 30 años, alojado actualmente en la Unidad Penal N° 4 de la ciudad de Concepción del Uruguay, a los fines de dar cumplimiento a la disposición de expulsión del territorio nacional y su consecuente prohibición de reingreso».

Asimismo dispuso «diferir la declaración de extinción de la pena impuesta de cuatro años y cuatro meses de prisión, hasta el día 18 de mayo de 2022, siempre que no se haya violado la prohibición expresa de reingreso al país dispuesta con el organismo migratorio». Finalmente el magistrado dispuso que «la unidad de detención arbitre los medios necesarios para hacer entrega al interno de sus elementos personales y la suma de dinero que poseyera en su fondo de reserva, devolviéndosele, en caso de no haber ocasionado algún tipo de gasto que haya superado a los denominados ordinarios mientras estuvo privado de libertad, la totalidad del monto descontado en concepto de reembolso, debiendo labrarse el acta respectiva que deberá ser elevada a esta Magistratura Judicial».

Gallino consideró la comunicación deI16 de septiembre de 2020 de la Dirección Nacional de Migraciones dando cuenta del dictamen con la Disposición de Expulsión en la que «se ordena la expulsión del condenado AVG, de nacionalidad paraguaya, con destino a su país de origen, prohibiéndosele el reingreso del mismo con carácter permanente, disposición que a la fecha se encuentra firme y consentida».

En el mismo sentido evaluó la posición de la defensa pública que informó la «voluntad expresa de su asistido se autorice su extrañamiento». El Ministerio público Fiscal mencionó que el condenado «cumplió la mitad de la condena el 18 de marzo de 2020 y no tendría causas en trámite en las que interese su detención y/o condenas pendientes», adelantando que «si bien no interesaría la permanencia en el país de AVG; entiende que el incumplimiento del pago de la multa se presenta como un obstáculo a la expulsión». AVG fue detenido el 19 de enero de 2018 y condenado por el mismo Tribunal a la pena de cuatro años y cuatro meses de prisión de cumplimiento efectivo y multa de 135.000 pesos, por el delito de Transporte de Estupefacientes, pena que quedaría agotada el 18 de mayo de 2022. Respecto de la exigencia del cumplimiento de la multa a la que hizo referencia el Ministerio Público Fiscal, el juez estimó que «agrega un requisito que no está incorporado en la normativa aplicable.

En efecto, imponer como condición para autorizar el extrañamiento la satisfacción de la multa aplicable importa agregar una exigencia que no se encuentra establecida en la ley 25.871″.