Reinician gradualmente las actividades académicas presenciales en universidades de la provincia

A través del decreto Nº 2014 se dispone en todo el territorio provincial el reinicio de las actividades académicas presenciales en universidades e institutos universitarios.

La norma responde a la intención del gobernador Gustavo Bordet de propiciar el reinicio de las actividades académicas presenciales en Universidades e Institutos Universitarios en el marco de lo previsto en el DNU 875/20 PEN.

En ese sentido, se considera necesario seguir manteniendo las medidas de control de la enfermedad por Covid-19, por lo que en el contexto de la situación sanitaria y epidemiológica actual como consecuencia de la pandemia, las medidas a adoptar exigen un nivel de control localizado, tendientes a garantizar el cumplimiento estricto de protocolos sanitarios en los espacios comunes utilizados para las prácticas de las actividades académicas.

Para el reinicio de las actividades académicas presenciales en universidades e institutos universitarios, se deberá contar con la habilitación municipal o comunal según corresponda, quienes fiscalizarán la correcta aplicación del protocolo, de forma coordinada con los órganos provinciales y nacionales.

El reinicio de actividades académicas presenciales, estará acompañado por un protocolo, que garantiza las condiciones mínimas necesarias a fin de garantizar las medidas de seguridad e higiene requeridas por el contexto.

Protocolo

Para la vuelta a la presencialidad, de deberán definir los escenarios académicos de acuerdo con las características de cada universidad o instituto universitario. Se implementará un sistema de clases a distancia con alternancia presencial. Además, se evaluará la necesidad de exámenes presenciales de acuerdo con las recomendaciones sanitarias.

Se deberán establecer de aforos para aulas, auditorios, laboratorios, bibliotecas, pasillos, ascensores, baños, oficinas, talleres, actividades de campo, plantas piloto y hospitales escuela, de lineamiento de áreas de circulación y seguridad de ventilación natural de los espacios cerrados.

Se estimulará también el trabajo remoto en las actividades administrativas que lo permitan para reducir en lo posible la presencialidad y reducir la movilidad de las personas (procurando la asistencia alternada). El ingreso se autorizará sólo para actividades programadas.

Habrá un regreso escalonado a las actividades de investigación y extensión que no hayan sido consideradas esenciales durante la cuarentena (en particular aquellas relacionadas directamente con los trabajos de finalización de carreras de grado y posgrado).

De esta manera, el retorno a la actividad presencial deberá llevarse a cabo de manera gradual, teniendo en cuenta las condiciones de salud y epidemiológicas, las características de las Facultades (número de estudiantes, docentes, no docentes, investigadores, extensionistas, características y tamaño de los edificios).

Por otra parte, se brindan recomendaciones al momento de trasladarse hacia la universidad, priorizando traslado a pie, en bicicleta o en vehículos particulares.

No se deberá concurrir a los establecimientos si se presenta alguno de los síntomas asociados al Covid-19; para el ingreso y permanencia en los edificios, es obligatorio el uso de tapabocas que cubra boca, nariz y mentón. Y se dispondrán los elementos sanitizantes para que los ingresantes puedan realizar la correcta higiene de manos y de calzado.

Se deberá limitar las zonas de acceso para el ingreso de las personas al edificio, de acuerdo a las recomendaciones de las áreas competentes, y será necesario establecer los debidos circuitos de tránsito dentro de los edificios, los que permitan la circulación de estudiantes, docentes, investigadores, extensionistas y no docentes de una manera organizada y evitando aglomeración de personas.

Se deberá realizar a todo ingresante los controles de temperatura y epidemiológicos. Si alguna persona registra una temperatura corporal mayor a 37,5 °C, no podrá ingresar.

Aforos

Las instituciones universitarias deberán definir el número máximo de personas que podrán permanecer en un lugar determinado.

En las aulas se debe establecer el máximo que podrá albergarse por espacio, teniendo en cuenta las restricciones de distanciamiento físico de las personas. La permanencia en la misma siempre será respetando el distanciamiento social, mínimo de 1,5 metros con tapabocas.

Cada Universidad deberá flexibilizar y establecer nuevos horarios y jornadas o turnos académicos entre sus programas con el fin de evitar concentraciones y afluencia masiva de personas.

Se deberá garantizar un espacio de tiempo entre las jornadas o turnos para realizar la limpieza y desinfección en los salones de clase, y solo se permitirá el ingreso de estudiantes a las actividades autorizadas.