Restricción de circulación nocturna: los nuevos horarios y días para la próxima etapa

El gobierno adelantó que en todo territorio provincial, la restricción de circulación y de actividad comercial será de acuerdo a un rango horario establecido. Cada municipio puede ampliarlo.

El decreto provincial Nº 74 de restricción de circulación tiene vigencia hasta el próximo domingo 28 inclusive. A partir del lunes saldrá una nueva normativa, para la cual se aguardará también la emisión de un nuevo DNU por parte del gobierno nacional.

Pero para mayor organización territorial de los respectivos municipios, el gobierno adelantó que en todo territorio provincial, la restricción de circulación y de actividad comercial será de la siguiente manera:

-Los días lunes, martes, miércoles y jueves, la restricción será entre la 1 y las 6 de la mañana, con una tolerancia de 30 minutos.

-Los días viernes, sábados y domingos, la restricción será entre las 2 y 6 de la mañana, también con una tolerancia de media hora.

Seguirán exceptuadas las actividades declaradas esenciales y a los ciudadanos afectados a su efectivo cumplimiento. Y, además, se seguirá facultando a los intendentes e intendentas a poder ampliar las franjas horarias de restricción.