Se aprobó una Ordenanza que establece multas al maltrato animal

La normativa contempla tres aspectos vitales: por un lado, la consideración del animal como doméstico, en segundo lugar, el poder de contralor que tendrá la Dirección de Zoonosis y Sanidad Animal y, en tercer lugar, las multas que se aplicarán.

Durante la última sesión del Concejo Deliberante se hizo lugar a ordenanza al proyecto impulsado por el Bloque Frente Justicialista Creer Entre Ríos a través del concejal Rodolfo Negri, referente a la “Protección y Cuidado de Animales Domésticos, proyecto que fue elaborado por el área de Zoonosis y Sanidad Animal de la Municipalidad que tuvo el tratamiento en conjunto de las comisiones de Bromatología, Zoonosis y Ambiente; Asuntos Institucionales y Legislativos y Participación ciudadana y Asuntos Sociales.

Libreta sanitaria al día y cuidados correspondientes

La Prensa Federal pudo acceder a la Ordenanza que busca dar fin al maltrato animal bajo una serie de medidas. En ellas se encuentran las consideraciones para la adopción y tenencia responsable, y las consecuencias de no cumplir con ellas.

En primer lugar y como primer artículo,  la Ordenanza establece que “tiene como finalidad asegurar la protección y cuidado de todo animal doméstico, en la ciudad de Concepción del Uruguay”.

En el segundo señala que “Será considerado animal doméstico, todo animal de compañía que por su característica evolutiva y de comportamiento pueda convivir con el ser humano dentro de un ambiente doméstico, recibiendo de su tenedor atención, protección, alimento y cuidados sanitarios. El propietario del mismo debe contar con la libreta sanitaria del animal al día en cuanto al mantenimiento del mismo y el mismo podrá ser requerido por la autoridad sanitaria cuando lo estima conveniente”.

Infracciones

Por otra parte la Ordenanza también establece infracciones y debidas sanciones a aquellas personas que incumplan con las siguientes conductas: “Será sancionado con multa el abandono de un animal doméstico en la vía pública o en lugares privados de acceso público; quien mantenga un animal dentro de instalaciones y/o espacios inadecuados que afecten su salud, bienestar, higiene y esparcimiento”.

Asimismo será sancionado también con multa “todo aquel que menoscabe la integridad de un animal doméstico ya sea por pintarlo, teñirlo, poner objetos en su cuerpo y todo acto que produzca daño en su salud y bienestar físico” y “aquel que no tome los recaudos correspondientes a lo que exigen el cuidado y la higiene pública, que provoquen los animales a su guarda y cuidado, en la vía o en los espacios públicos”.

Multas por no llevar bolsas para mantener la higiene

También, en el texto indica que “Será sancionado con multa todo aquel propietario que en salida recreativa, paseo o exposición en lugares públicos, no vaya provisto de bolsas o sustitutos para conservar el especio público con la higiene adecuada y con los elementos adecuados para la seguridad de terceros (animales o personas), esto es correa y bozal”.

“Será sancionado con multa a todo aquel propietario del animal que no vele por la seguridad del mismo y/o la integridad física y desarrolle acciones violentas y/o agresivas en perjuicio de terceros, sean personas u otros animales, cuando el mismo se encuentre en espacios públicos”, añade el texto.

Multas de valores equivalentes a entre 50 litros hasta 3 mil litros de nafta

“Las multas impuestas del presente artículo serán equivalentes a de 50 (cincuenta) a 2.000 (dos mil) litros de nafta super –valor a considerar el de las estaciones de servicio ACA-YPF de nuestra ciudad”.

 En lo que se refiere a la violencia contra los animales señalan que “la multa será de 100 (cien) a 3.000 (tres mil) litros de nafta super –valor a considerar el de las estaciones de servicio ACA-YPF de nuestra ciudad”.

En cuanto a quienes desarrollarán los respectivos controles, el texto indica que “La Dirección de Zoonosis y Sanidad Animal será el órgano de aplicación de la presente Ordenanza, quien a través de su cuerpo de profesionales constatará las infracciones que se produzcan estableciendo el formato del Acta por vía reglamentaria, elevando oportunamente las actuaciones al Juzgado de Faltas correspondiente, acompañado de otros elementos probatorios que recolecte”.

Las denuncias

La ordenanza detalla que “toda persona que presencie cualquiera de las mencionadas y acompañe su testimonio con una prueba de dicho acto, podrá denunciar la infracción ante el órgano de Aplicación, para lo cual se dispondrá de una línea telefónica”.

Por último, en cuanto al rol del Estado explica el texto que “El municipio procederá a promocionar y divulgar el contenido de la presente por los medios a su disposición y a través de las diferentes asociaciones que se dedican al cuidado y protección de las mascotas”.