Golpeador recuperó su libertad en ciudad

p6-241115-1Los constantes casos de violencia de género que se observan, llaman la atención de la sociedad y preocupan seriamente a las autoridades. Muchos de estos hechos han terminado en tragedias que son reflejadas en los medios de difusión nacional, por lo que desde el ámbito judicial se trata de adoptar medidas para que no se repitan.

Lamentablemente, Concepción del Uruguay no es ajena a esta situación de violencia incomprensible, pudiéndose observar últimamente, casos muy preocupantes, como ser los sucedidos en zona de 1ro de Mayo y Pronunciamiento, causas que están en manos de la Justicia y que bien podrían llegar a juicio oral, trascendiendo que en al menos uno de ellos la parte acusadora podría solicitar condena de cumplimiento efectivo.

 

Otro caso que llamó la atención, fue el sucedido el miércoles 18 en horas del mediodía en una vivienda de calle Enrique de Vedia entre San Martin y Alberdi, del Barrio Sarmiento, donde un hombre de unos 71 años, atacó a su esposa de 58, provocándole lesiones en su cuerpo y cortes realizado posiblemente con algún elemento contundente. Esto derivó en la detención del agresor de apellido Valdez, quien quedó privado de la libertad hasta este lunes, que fue llevado a audiencia en el Juzgado de Garantías, a cargo de la doctora Evangeliza Bruzzo, siendo representado por la defensora Oficial, doctora Alejandrina Herrero. Durante la diligencia, la fiscal Auxiliar, doctora Ana María Presas, procedió a dar lectura del hecho atribuido y calificación penal, para luego a fundamentar la petición de aplicación de Medidas de Restricción, en reemplazo de la Prisión Preventiva y el consecuente sometimiento al cuidado de una de las hijas.

 

La solicitud de la fiscal aclaraba que como alternativa a la prisión preventiva y dada la edad del imputado Valdez, la persona que se encargaría del cuidado y vigilancia, sería la hija del mismo, domiciliándose en la casa de esta en zona del Barrio 50 Viviendas, al tiempo que se le impusieranmedidas de restricción, como ser la prohibición de concurrir al domicilio donde se encuentra la víctima OG, así como la prohibición de mantener cualquier clase de contacto y por cualquier medio con la misma, aclarando la parte acusadora que restan producir algunas medidas de prueba.

 

La postura de la fiscal, no encontró objeción en la Defensa de Valdez, por lo que la jueza de Garantías, oídas las partes resolvió que el acusado, bajo caución juratoria, deberá someterse al cuidado y vigilancia de su hija, quien deberá comparecer semanalmente al Tribunal a informar respecto al cumplimiento de las obligaciones que se le imponen. Imponer por el plazo de 30 días, al imputado, las siguientes reglas de conducta: a) la prohibición de concurrir al domicilio de calle Enrique de Vedia donde vive la damnificada OG; la prohibición de mantener cualquier clase de contacto y por cualquier medio con la víctima, ni efectuar ninguna clase de actos perturbadores, ello bajo apercibimientos de procederse a su detención.