Juicio abreviado para tres acusados de ventas de drogas

La audiencia fue presidida por la doctora Melisa Ríos, en causa que llevara adelante la Agente Fiscal No3, doctora Gabriela Seró, imputados Gisela Patricia Casas de 43 años y Alexander Nicolas Melgarez, alias «Nico», de 19, cuya defensa estuvo a cargo del doctor Nahuel Lazo.

Gisela Patricia Casas y Alexander Nicolas Melgarez estaban acusadas de haber tenido en su poder sustancias estupefacientes conocidas como cocaína y marihuana, con fines de comercialización en el domicilio sito en Ñandubay, entre Paraíso y Dr. Lacava.

Por otra parte, a Lorena Elizabeth Robina se la acusó por comercializar sustancias estupefacientes (marihuana – cocaína) en dosis fragmentadas para el consumo, recibiendo a cambio de las entregas de éstas y como contraprestación sumas de dinero, realizándose tales actividades en el domicilio sito en Ñandubay y el haber tenido en su poder con fines de comercialización, junto a Anibal Antonio Martin, sustancias estupefacientes conocidas como cocaína y marihuana, constatando dichas sustancias en el domicilio sito en calle Ñandubay, cuando en fecha 4 de marzo de 2022 se realizara diligencia de allanamiento y requisa domiciliaria.

Tras la IPP, las partes arribaron al acuerdo de juicio abreviado solicitando la pena de 4 años de prisión de cumplimiento efectivo y multa de 45 unidades fijas para Gisela Casas, en orden a los delitos de “Tenencia de sustancias estupefacientes con fines de comercialización”.

Por su parte a Alexander Nicolás Melgarez a la pena de 3 años de prisión de cumplimiento condicional y multa de 45 unidades fijas por los mismos delitos en calidad de partícipe necesario y reglas de conducta.

En relación a Lorena Elizabeth Robina y Anibal Antonio Martin, se solicitó la pena de 4 años de prisión de cumplimiento efectivo y multa de 45 unidades fijas, en orden a los delitos de “Tenencia de sustancias estupefacientes con fines de comercialización”, -previsto en la Ley 10.566 por adhesión a la Ley 23.737 y sus modificaciones, art. 5o, inc. c), art. 189 bis inc 2o del Código Penal en calidad de COAUTORES, más accesorias legales art. 12 C.P. Fuente 03422