Código Procesal: Críticas del Colegio de Abogados

p3 22-10-14En un duro comunicado cuestionan el Código Procesal Penal que comenzó a aplicarse en Paraná hace poco, pero en nuestra ciudad lleva más de dos años de funcionamiento.

Reclaman que el poder punitivo se centra en el Ministerio Público Fiscal. El Instituto de Derecho Penal, Procesal Penal y Criminología del Colegio de Abogados de Entre Ríos emitió un documento en el que cuestionan alguno de los puntos del Código Procesal Penal. Dicen que «todo se ha hecho para que el poder punitivo se centralice en el Ministerio Público Fiscal y más precisamente en la persona del Procurador General (Jorge Amilcar García)», que trabajó para el «acrecentamiento y centralización» de su poder. Los letrados critican el modo en el que se aplica el denominado «juicio abreviado» y consideran que «el único interés es el de marcar un record y transmitir a la población que ahora el aparato represivo actúa de inmediato, más aún si la persona es pobre».

 

Consideran que «no existe igualdad de armas» entre la defensa y los fiscales» Los letrados que integran el Instituto de Derecho Penal, Procesal Penal y Criminología del Colegio de Abogados de Entre Ríos dio a conocer un documento en el que critican algunas cuestiones vinculadas a la instrumentación del Código Procesal penal, que el 22 de septiembre pasado se comenzó a aplica en la capital provincial. El documento se divide en 10 puntos: en el primero aseguran que «las Convenciones Internacionales, las Constituciones y los Códigos Penal y Procesal Penal se han sancionado para proteger al pueblo del poder punitivo del Estado, que cuando se desborda provoca dolor y la pérdida de la dignidad humana».

 

En el segundo punto destacan que «luego de una espera de alrededor de un lustro, comenzó a regir en el departamento Paraná el nuevo Código Procesal Penal bajo el sistema acusatorio» y explican que «este sistema consiste en que las partes del proceso -la Defensa y los Fiscales- en igualdad de armas, producen pruebas y alegan ante un Tribunal que, para juzgar, debe ser imparcial e independiente». En el tercer punto manifiestan «con gran dolor», que «esa igualdad de armas entre abogados defensores y fiscales, y la imparcialidad e independencia para hacer Justicia no existen en la provincia con la plenitud que exige vivir en un Estado constitucional de derecho».

 

En tal sentido, critican el artículo 217 del nuevo Código Procesal Penal -al que califican como «un pecado original» del nuevo sistema y que establece «que los abogados defensores no podemos hacer uso de la palabra sin expresa autorización del Fiscal y sólo si el Fiscal nos autoriza podremos proponer medidas o formular preguntas». «En caso que no nos permita hablar podremos recurrir al Juez de Garantías», acotan luego, para concluir: «Es evidente que la igualdad de armas es una mentira». En este marco, consideran que «todo se ha hecho para que el poder punitivo se centralice en el Ministerio Público Fiscal y más precisamente en la persona del Procurador General (Jorge Amilcar García) quien, desde que comenzó a tener vigencia el nuevo Código procesal, hace ya mas de cuatro años, trabajó para el acrecentamiento y centralización del poder, armando los cuadros y participando activamente en la asignación de funciones en todos los organismos del Poder Judicial de acuerdo a criterios personales y ajenos a la forma en que se eligen los miembros del Poder Judicial».