Corte de servicios públicos: quieren que haya previo aviso a usuarios

Corte de servicios públicos: quieren que haya previo aviso a usuarios
La iniciativa hace referencia al caso puntual de Enersa que dejó de notificar el aviso de corte a los usuarios que no abonaron la factura.

Corte de servicios públicos: quieren que haya previo aviso a usuarios
La iniciativa hace referencia al caso puntual de Enersa que dejó de notificar el aviso de corte a los usuarios que no abonaron la factura. Paraná.(RN). Un proyecto de ley en la Cámara Baja impulsa la obligatoriedad del aviso a usuarios de servicios públicos previo a la suspensión de éstos por falta de pago. En la fundamentación de la iniciativa se remarcó puntualmente el caso de la empresa provincial prestadora del servicio de electricidad, Energía de Entre Ríos  S.A. (ENERSA) que, “de un tiempo a esta parte, ha eliminado la vieja práctica de notificar mediante el `aviso de corte´ a sus usuarios la inminencia de la suspensión del servicio por falta de pago, aviso que, en cuanto a su costo de diligenciamiento, era afrontado por el propio usuario posteriormente en la siguiente factura”.

“Hay muchos casos que llevan a que se dé la suspensión o interrupción del servicio, que  tienen que ver con causas ajenas a lo económico, como el  olvido, la demora en la distribución de las facturas, extravío de las mismas”, enfatizaron los diputados Jorge Monge (UCR-Diamante) y Emma Bargagna (Fap-Paraná), autores del texto al que accedió Recintonet. 

El artículo 1° del proyecto propone: “El procedimiento de suspensión  del suministro y/o prestación de servicios públicos a los usuarios por falta de pago de un periodo de facturación, sólo podrá  tener principio de ejecución previa intimación fehaciente al mismo,  por el término de diez días hábiles como mínimo, luego de producido el incumplimiento”. Mientras que en el segundo punto se indica que la disposición regirá “para los servicios públicos de titularidad del estado provincial, sea que fuesen prestados directamente  o  indirectamente  a través de terceros concesionarios, licenciatarios o permisionarios de servicios públicos”. (RecintoNet)

Fuente: RecintoNet.com | Lic. Claudia Yauck