De Ángeli presentó proyecto para derogar ley de warrant

El senador nacional por Entre Ríos, Alfredo De Angeli,  (Cambiemos) propuso el uso de warrants o certificados de depósitos para todas las operaciones sobre bienes o productos de cualquier naturaleza producidos en el país o el extranjero.

Un warrant es un título mobiliario, una garantía real que, mediante la inmovilización de un stock, permite a una empresa obtener un crédito. El certificado avala una operación financiera, garantizada por un producto cualquiera.

La propuesta del legislador entrerriano apunta reformar la ley 9643 vigente, y amplía el ámbito de aplicación,  el plazo de vigencia de los certificados warrant y de depósito, define su carácter en el cual las empresas pueden realizar la operatoria, propios o de terceros; establece la posibilidad de negociación del warrant como título de crédito en el mercado financiero; las  inhabilidades e incompatibilidades para formar parte de la sociedad emisora, e incorpora como requisito para ello, la presentación de un certificado de antecedentes judiciales.

Especialmente en el sector agropecuario, la inmovilización de activos genera costos y acarrea problemas de logística, además del costo de oportunidad por falta de liquidez. Por esta razón, la operatoria de warrant puede convertirse en una herramienta muy importante a la hora de conseguir financiamiento. Enormes stock de soja que suelen conservar los agricultores en sus campos, constituyen parte de ese inconveniente, pero es perfectamente posible utilizarlos para financiar diversas actividades. Los propios certificados pueden negociarse, por ejemplo, para la adquisición de maquinaria y equipamiento, pero también de insumos.

La iniciativa de De Angeli define los requisitos mínimos de cobertura que deben tener las pólizas de seguro, autoriza la venta de los bienes depositados por parte de la sociedad emisora, bajo determinadas circunstancias al tiempo que  introduce el derecho del depositario de ejecutar la mercadería dada en depósito frente a la inacción del depositante y el acreedor al vencimiento del plazo acordado en el warrant.