Denunciaron penalmente a Osuna

Denunciaron penalmente a Osuna

Es por incumplimiento de los deberes de funcionario público. La intendente de Paranpa no contesta los pedidos de informes de la oposición.

Denunciaron penalmente a Osuna

Es por incumplimiento de los deberes de funcionario público. La intendente de Paranpa no contesta los pedidos de informes de la oposición.

Paraná.(RN) A casi tres años de la actual gestión municipal, en la mañana de hoy, los Concejales del Frente Amplio–UNEN, Miguel Rettore y Marcelo Haddad presentaron en la Fiscalía del Poder Judicial de la Provincia una formal denuncia contra la Intendente Municipal Blanca Osuna por la comisión del delito de Incumplimiento a los Deberes de Funcionario Público, previsto y sancionado en el art. 249° del Código Penal.

En una denuncia detallada y fundada en numerosa doctrina de reconocidos jurisconsultos, los ediles sostienen que la Sra. Presidente Municipal de la ciudad de Paraná ha incumplido dolosamente y en forma reiterada su obligación dispuesta en el art. 108 inc. b) de la Ley Nº 10.027 y sus modificatorias, al no haber contestado los Pedidos de Informes requeridos por el Honorable Concejo Deliberante cumpliendo todos los requisitos legales; siendo éstos necesarios para el adecuado funcionamiento de los órganos del gobierno que integran el poder Municipal, esencialmente en su función de fiscalización y contralor, tal como lo dispone el art. 80° de la misma norma.

En la extensa misiva, enviada a RecintoNet, Rettore y Haddad y con el patrocinio letrado del Dr. Raúl Avero, fundan en derecho la pretensión punitiva contra la Intendente Municipal, haciendo un pormenorizado análisis del delito que se imputa y de la conducta dolosa que dicen ha tenido Blanca Osuna al no contestar 77 Pedidos de Informes que el H.C.D. ha cursado al Departamento Ejecutivo Municipal cumpliendo todas las prescripciones de la Ley 10.027 y sus modificatorias, listado que corre agregado como Anexo I de la misma; culminando con un petitorio al Ministerio Público Fiscal para que tome razón de la denuncia por Incumplimiento a los Deberes de Funcionario Público, ordene la sustanciación de la causa y las medidas preparatorias conforme al Código Procesal Penal vigente y que provea de conformidad para hacer justicia.  (RecintoNet)

Fuente: RecintoNet.com | Lic. Claudia Yauck