En Paraná, crean un nuevo organismo para reemplazar Defensa Civil

En Paraná, crean un nuevo organismo para reemplazar Defensa Civil

La ordenanza fue promulgada este jueves. Formaliza responsabilidades y busca la articulación de diferentes actores institucionales frente a posibles emergencias.

La ordenanza fue promulgada este jueves. Formaliza responsabilidades y busca la articulación de diferentes actores institucionales frente a posibles emergencias.

Paraná.(RN). La Municipalidad de Paraná promulgó la Ordenanza Nº 9193 por la cual crea el  Sistema de Protección Civil como mecanismo de coordinación que articula organismos públicos municipales, povinciales y nacionales, entidades privadas, organizaciones no gubernamentales y al conjunto de habitantes de la ciudad, y reemplaza al actual área de Defensa Civil.

Según el texto sancionado el 19 de diciembre pasado pero publicado este jueves en el Boletín Oficial, se define como “Protección Civil” al conjunto de dispositivos, medidas y actividades no agresivas, tendientes a evitar, anular o disminuir y remediar los efectos que agentes o acontecimientos de origen y/o desarrollo natural o tecnológico o cualquier desastre de otro origen, puedan provocar sobre la población y sus bienes, contribuyendo a restablecer el ritmo normal de vida en la zona afectada. De acuerdo a lo señalado al momento de su sanción, no se trata de un mero cambio de denominación sino que el nuevo sistema pondrá el acento especialmente en la prevención de los riesgos a los que está expuesta la población ante posibles catástrofes de diferentes tipos.

“Las acciones de protección civil se desarrollarán en todo el ejido municipal de la ciudad de Paraná y en las zonas que por convenio previo con las autoridades respectivas suscriba el/la Titular del Departamento Ejecutivo Municipal con acuerdo del Concejo Deliberante”, añade la ordenanza. Y determina los siguientes objetivos:

a) Fijar las políticas, planes y programas de Protección Civil en el ámbito municipal, en concordancia con las políticas y planes provinciales y nacionales.

b) Disponer la integración de los sistemas de alarma y telecomunicaciones, acorde con los sistemas regional, provincial y nacional.

c) Organizar los servicios de Protección Civil Municipal, así como también, establecer la metodología para incorporar el personal voluntario que ellos requieran.

d) Establecer acuerdos de “ayuda mutua” con los municipios vecinos.

e) Promover la creación y el desarrollo de entidades que por sus actividades puedan ser consideradas auxiliares de la Protección Civil.

f) Capacitar a los agentes públicos y a la población en general.

g) Disponer la realización de estudios e investigaciones relativas a las zonas susceptibles de ser afectadas por desastres naturales o accidentales.

h) Disponer la ejecución de medidas de apoyo a otras comunas o municipios, de conformidad con los acuerdos de ayuda mutua que se hayan suscripto o se suscriban en el futuro.

En el artículo 6 de la ordenanza se establece: “La Protección Civil es responsabilidad de todos los habitantes que habitan el ejido municipal, quienes compartirán en mayor o menor grado y solidariamente la responsabilidad en la prevención, preparación y ejecución de la Protección Civil. Esta obligación es considerada “carga pública” de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 32° de la Ley 5323. Los que infrinjan, obstaculicen o no presten la colaboración requerida quedan sujetos a las penalidades que la legislación de fondo impone”.

“Las actividades vinculadas con la Protección Civil que toda persona desempeñe, y que no fuera empleada municipal, serán de carácter gratuito, salvo en los casos especiales que las autoridades consideren lo contrario ante la efectiva prestación del servicio”, añade el artículo 7.

La ordenanza contempla la constitución de una Junta Municipal de Protección Civil cuyo propósito será asesorar y asistir al titular del Departamento Ejecutivo en lo referente a la planificación, organización, dirección y control de la protección civil. Esta entidad estará encabezada por el titular de la presidencia municipal. El secretario ejecutivo será el director de Protección Civil. Además, diferentes funcionarios, concejales e integrantes de las fuerzas armadas, la policía, los bomberos, la Cruz Roja y los hospitales, ocuparán las vocalías permanentes. También podrán ser convocados representantes de entidades no estatales, empresas e industrias.

Uno de los capítulos de la ordenanza está dedicado al Plan Municipal de Emergencia que tendrá por finalidad establecer el conjunto de previsiones y el curso de acción que adoptará el gobierno municipal en caso de desastre.(RecintoNet)

Fuente: RecintoNet.com | Lic. Claudia Yauck