La provincia acuerda una indemnización y desiste del juicio por el Puerto Ibicuy

La provincia acuerda una indemnización y desiste del juicio por el Puerto Ibicuy
Según un decreto publicado este miércoles, donde se explica que se firmaron dos acuerdos: uno de indemnización y otro de reconstrucción del muelle continental. Una vez efectuado el pago de la indemnización por parte de la empresa, la Fiscalía de Estado está autorizada a desistir de la causa que se sustancia en la Justicia Federal.

La provincia acuerda una indemnización y desiste del juicio por el Puerto Ibicuy
Según un decreto publicado este miércoles, donde se explica que se firmaron dos acuerdos: uno de indemnización y otro de reconstrucción del muelle continental. Una vez efectuado el pago de la indemnización por parte de la empresa, la Fiscalía de Estado está autorizada a desistir de la causa que se sustancia en la Justicia Federal. Paraná.(RN). La tarde del domingo 17 de julio de 2011, en un hecho que tuvo repercusión nacional, se derrumbó el muelle continental del Puerto Ibicuy, explotado por la empresa Transbordo Ibicuy SA, la cual se dedica al acopio de productos minerales y químicos a granel que son importados desde Brasil y Bolivia. El incidente se produjo mientras el buque remolcador IB Esperanza aguardaba la carga de combustible, lo que provocó el hundimiento del camión cisterna que contenía 34.000 litros de gasoil, entre otros vehículos. En julio de 2013 la Corte Suprema de Justicia tomó una recomendación del procurador fiscal Eduardo Ezequiel Casal y determinó que la causa debía ser investigada por la Justicia Federal de Concepción del Uruguay, según informó en ese momento Recintonet. Ahora, esas actuaciones judiciales podrían no continuar su curso.

En el Boletín Oficial de este miércoles 7 de mayo, el Ministerio de Planificación entrerriano publicó el Decreto Nº 1054, fechado el 5 de mayo, por el que ratificó la firma de dos acuerdos: “el Acuerdo de Indemnización Definitiva celebrado el 3 de abril de 2014, por el Ente Autárquico Puerto Ibicuy, la entidad permisionaria Transbordo Ibicuy SA y Noble SA Aseguradora de Responsabilidad Profesional y el Acuerdo de Reconstrucción del Muelle Continental del Puerto Ibicuy, celebrado el 3 de abril de 2014, por el Ente Autárquico Puerto Ibicuy y la entidad permisionaria Transbordo Ibicuy SA”. En el artículo 2 del decreto, se dispone además: “Autorícese a la Fiscalía de Estado a que, una vez efectuado el pago de la indemnización contemplada en la cláusula primera ap.(iii) del Acuerdo de Indemnización Definitiva, comunique el desestimiento del proceso y del derecho en el juicio caratulado `Ente Autárquico Puerto Ibicuy c/ Transbordo Ibicuy SA y Vale SA s/ Daños y perjuicios´, Expte. Nº 2890, que tramita por ante el Juzgado Federal de C. del Uruguay Nº 2 a cargo de la Dra. Beatriz E. Aranguren, Secretaría Civil Nº 2 a cargo del Dr. Eduardo Pirovani”.

Según se explica en el decreto, que lleva las firmas del gobernador Sergio Urribarri y el ministro de Planificación Juan Javier García, las actuaciones fueron iniciadas por el Ente Autárquico Puerto Ibicuy, y explica que “el 17 de julio de 2011 se produjo un colapso estructural en el Muelle Continental del Puerto de Ibicuy y en el terreno aledaño al mismo de aproximadamente 80 a 100 metros desde la línea de ribera y de unos 150 metros de largo”. En ese marco, “el Ente Autárquico Puerto Ibicuy, la permisionaria de un sector de dicho puerto, Trasbordo ibicuy SA, con el objetivo de reparar los daños, reconstruir, readecuar y realizar mejoras en dicho puerto, han celebrado dos convenios, denominados `Acuerdo de indemnización definitiva´ y un `Acuerdo de reconstrucción del muelle continental´”, por lo que se dio intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia de Entre Ríos y a la Fiscalía de Estado.

“Estos acuerdos importan una solución a la controversia suscitada a partir de los daños causados en las instalaciones portuarias”, se argumenta en el decreto publicado este miércoles. Y seguidamente se indica: “Corresponde autorizar a la Fiscalía de Estado a desistir de la acción y del derecho en los autos caratulados `Ente Autárquico Puerto Ibicuy c/ Transbordo Ibicuy SA y Vale SA s/Daños y prejuicios´, Expte. Nº 2890, en trámite ante el Juzgado Federal de Concepción del Uruguay Nº 2, conforme Art. 7º de la Ley 7296”.

En el BO no se publicó, no obstante, ninguno de los dos acuerdos firmados entre el Ente Autárquico y la empresa.(Recintonet)

Fuente: RecintoNet.com | Lic. Claudia Yauck