Le negaron la prisión domiciliaria a presunta vendedora de drogas

Venta droga

El planteo fue rechazado en forma unánime por la Cámara Federal de Paraná, que ordenó al Consejo Provincial del Niño el Adolescente y la Familia (Copnaf) evaluar periódicamente el estado en el que se encuentran los chicos.   

 

Una mujer de San José, en el Departamento Colón, procesada por ser considerada vendedora de estupefacientes solicitó la prisión domiciliaria para poder estar junto a su seis hijos de 6, 8, 17, 19, 20 y 23 años, dos de los cuales presentan problemas de salud, hasta que se realice el juicio oral y público.
El planteo fue rechazado en forma unánime por la Cámara Federal de Paraná, que ordenó al Consejo Provincial del Niño el Adolescente y la Familia (Copnaf) evaluar periódicamente el estado en el que se encuentran los chicos.
Según la acusación formulada por la fiscalía, la mujer habría vendido estupefacientes en la vivienda en la que compartía con sus hijos. En el allanamiento realizado en la casa, los efectivos encontraron droga. Por este motivo, la mujer fue procesada y alojada en la Unidad Penal Nº 6 ubicada en la ciudad de Paraná.
El argumento de la defensa para pedir la prisión domiciliaria se basó en que la mujer es madre de hijos menores de edad y abuela de un niño y de la necesidad de salvaguardar el vínculo materno. Esto fue rebatido por los jueces, quienes hacen hincapié en la necesidad de proteger los intereses de los menores que vivían en la misma casa desde donde se comercializaba el estupefaciente, según pruebas.
Se resolvió, además, que el Juez de primera Instancia de Concepción del Uruguay disponga con celeridad la visita de personal del Copnaf periódicamente y verifique el estado de los menores.
Los camaristas consideraron que la mujer no era beneficiaria de la prisión domiciliaria porque “no surge de las constancias de autos (expediente) que se haya acreditado que los menores se encuentren en una situación de desprotección, desamparo o vulnerabilidad que conlleve a adoptar una solución diferente a la del magistrado (en primera instancia)”, y agrega: “Los menores pueden recibir la contención necesaria respecto a su atención y debido cuidado por parte de sus hermanos mayores y, de tal modo, fortalecer los vínculos familiares ante la ausencia de su madre”. Por otra parte, los camaristas señalan que “aparece como un elemento contrario al beneficio impetrado, la circunstancia de que habría sido en el domicilio donde habitaban los menores junto a la imputada, el lugar donde se halló el estupefaciente y en el cual presuntamente se realizaba la venta de dicho material -tal como surge de los testimonios obrantes”.
El juzgado Federal de Concepción del Uruguay que interviene en el caso por jurisdicción ya había rechazado un planteo de prisión domiciliaria, por eso el caso llegó a la Cámara de Paraná que resolvió en igual sintonía. Pero agregó que “los testimonios ilustran sobre la asidua concurrencia de personas a comprar estupefacientes en su domicilio y que, de concederse en beneficio, se pondría en riesgo la investigación al aumentar el riesgo de fuga de la mujer o influir sobre las personas que restan testimoniar”.