Nuevas medidas de cuidado en Concepción del Uruguay: cómo afecta a la circulación y los horarios comerciales

En virtud de lo dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional mediante el DNU N°494, el Poder Ejecutivo de Entre Ríos mediante el decreto N°2141 y la adhesión del municipio en todos sus términos a través del decreto N°26.987 las reglamentaciones para Concepción del Uruguay en materia de horarios comerciales son las siguientes:

1) Se restringe la circulación de personas entre las 01:30 y las 06:00 horas del día siguiente.

2) El horario de los comercios es hasta las 21:00 horas, dando estricto cumplimiento a los protocolos vigentes, pudiendo continuar hasta las 01:30 horas sólo los locales gastronómicos, Kioscos, Maxi Kioscos, «24 HS» y despensas.

3) No tienen limitaciones horarias los servicios declarados esenciales como Farmacias, Estaciones de Servicio y Emergencias Veterinarias.

4) Las «amenizaciones musicales» (respecto de las actividades artísticas y culturales con espectadores al aire libre o espacios semi cerrados,
que posean aireación suficiente con integración de espacios abiertos aledaños y ventilación natural necesaria para la renovación de aire) pueden realizarse sólo los días viernes, sábados y domingos, teniendo
como límite hasta el horario de cierre de los comercios gastronómicos, siendo el mismo a las 01: 30hs. y con un aforo del 70% del espacio de ocupación disponible y habilitado para funcionar comercialmente.