Proponen una licencia especial por violencia intrafamilia

Proponen una licencia especial por violencia intrafamilia
Así será de avanzar un proyecto de ley presentado en Diputados. Sería con goce de haberes y beneficiaría a quienes tengan un vínculo laboral directo o indirecto con el Estado entrerriano.

Proponen una licencia especial por violencia intrafamilia

Así será de avanzar un proyecto de ley presentado en Diputados. Sería con goce de haberes y beneficiaría a quienes tengan un vínculo laboral directo o indirecto con el Estado entrerriano.

Paraná.(RN). En la Cámara baja ingresó un proyecto de ley que propone instituir “una licencia especial con goce de haberes para aquellas personas víctimas de hechos de violencia intrafamiliar que tengan vínculo laboral directo o indirecto con el Estado entrerriano”. La norma, en caso de ser sancionada, será de aplicación obligatoria para el personal de todas las dependencias del Poder Legislativo, Ejecutivo y Judicial de la provincia, los organismos de control, los entes autárquicos, entes descentralizados, empresas del Estado y empresas privadas con participación accionaria estatal, cualquiera sea su nivel de jerarquía.

Según la iniciativa a la que accedió Recintonet, se establecerán las definiciones reglamentadas en los artículos relacionados de la Ley Orovincial Nº 9.198, referidos a la prevención de la violencia en el ámbito de las relaciones familiares, familia, actos de violencia y modalidades de violencia de las personas involucradas; mientras que en los artículos 4º y 5º de la propuesta se explicita qué se entiende por violencia en el ámbito de las relaciones familiares o violencia en la Familia, y refiere a la violencia conyugal, el maltrato infanto juvenil, el maltrato a ancianos, y el maltrato a personas con discapacidad.

Para hacer uso de la licencia, se deberá acreditar el motivo y acompañar a la solicitud, la siguiente documentación: a) Denuncia ante autoridad policial o autoridad judicial, de los hechos acaecidos; b) Certificado expedido por profesional de la salud con competencia en la materia, si producto del o los hechos violentos resultare damnificado/a en su integridad física o mental, en el que deberá constar el tiempo aproximado que requerirá apartarse de sus funciones; y c) Notificar nuevo domicilio, para los casos en que deba apartarse temporalmente de su  lugar de residencia en salvaguarda de su integridad física o la de su grupo familiar.

Serán autoridades de aplicación “las máximas autoridades de los Poderes del Estado, de los organismos de control, de los entes autárquicos, de los entes descentralizados, de las empresas del Estado y de las empresas privadas con participación accionaria estatal”, y se invitará a los municipios a adherir a la ley.(RecintoNet)

 

Fuente: RecintoNet.com | Lic. Claudia Yauck