Senado: Sesiona y aprueba norma para disposición de vehículos secuestrados

Senado: Sesiona y aprueba norma para disposición de vehículos secuestrados

El proyecto viene con media sanción de la Cámara baja. El Senado aceptará los cambios que hizo Diputados. Sesionan a las 20 y aprueban los pliegos de Vallori y Spizer.

Senado: Sesiona y aprueba norma para disposición de vehículos secuestrados

El proyecto viene con media sanción de la Cámara baja. El Senado aceptará los cambios que hizo Diputados. Sesionan a las 20 y aprueban los pliegos de Vallori y Spizer.

 

 

Paraná.(RN). La Cámara de Senadores sesionará este martes a partir de las 20 y dará sanción definitiva al proyecto de ley que norma la disposición final de vehículos secuestrados por infracciones de tránsito. El texto, tiene media sanción de Diputados y el Senado aceptará los cambios que se le impusieron al proyecto en su paso por la Cámara baja. Además aprobarán los pliegos de Vallori y Spizer para el Consejo General de Educación.

La nueva norma desplaza la que había sancionado el Senado en el mismo sentido, y será de aplicación a todo vehículo o motovehículo secuestrado que se deposite en dependencias de municipios o de la provincia a causa de infracciones de tránsito y  de transporte, e invita a los municipios y comunas a sumarse a sus disposiciones.

La autoridad de aplicación procederá a la venta en remate público de los bienes secuestrados a causa de infracciones de tránsito, en la forma, procedimientos y plazos establecidos en la  ley y  enajenará los bienes secuestrados mediante subasta pública, la que deberá llevarse a cabo si en el término de seis meses, contados desde la fecha del acta de secuestro, no se presentare a retirar el vehículo o motovehículo secuestrado el titular registral o la persona que fuera denunciada por éste como adquirente o terceros interesados, respetándose las formas, procedimiento y plazos previstos por la presente ley. Previamente, el organismo subastante requerirá al Registro de radicación que informe si el bien se encuentra o no registrado; en su caso, informe nombre y domicilio del titular registral, nombre y domicilio de los acreedores prendarios, juzgados embargantes e inhibientes del titular, de la compañía aseguradora que hubiese efectuado presentaciones ante el Registro o de quien hubiere formulado denuncia de venta. Asimismo, se requerirá a la Policía de Entre Ríos que informe si pesan sobre el bien medidas de seguridad. Una vez cumplidos todos los recaudos, estos vehículos podrán ser vendidos en subasta pública.

La iniciativa contempla que «en cualquier momento y hasta el inicio de la subasta del bien, su titular registral o quien éste hubiera denunciado como adquirente, podrá reclamar la devolución del bien depositado con la presentación de la documentación exigida por la normativa vigente, previo pago de los gastos derivados del traslado, depósito, mantenimiento y de la deuda certificada por la autoridad de aplicación al momento de su cancelación».(RecintoNet)

Fuente: RecintoNet.com | Lic. Claudia Yauck