Tribunal de Cuentas: Plantearon la inconstitucionalidad ante el STJ

Tribunal de Cuentas: Plantearon la inconstitucionalidad ante el STJ

Arralde, ex senador y convencional constituyente recurrió a la Justicia. Se pide, además de la inconstitucionalidad del nombramiento, una medida cautelar de no innovar para paralizar el tratamiento del pliego de Smaldone en el Senado, ordenando a los legisladores que se abstengan de votar.

Tribunal de Cuentas: Plantearon la inconstitucionalidad ante el STJ

Arralde, ex senador y convencional constituyente recurrió a la Justicia. Se pide, además de la inconstitucionalidad del nombramiento, una medida cautelar de no innovar para paralizar el tratamiento del pliego de Smaldone en el Senado, ordenando a los legisladores que se abstengan de votar.

Paraná.(RN).El ex senador y convencional constituyente, Juan Carlos Arralde, recurrió al Superior Tribunal de Justicia para que declare la inconstitucionalidad de la acción del Poder Ejecutivo que remitió al Senado el pliego del ministro de trabajo,Guillermo Smaldone, para ocupar la presidencia del Tribunal de Cuentas, tras la jubilación de Hugo Molina. Pidió además una medida cautelar de no innovar para paralizar el tratamiento del pliego de Smaldone en el Senado, donde ya fue girado a la comisión de Asuntos Constitucionales. La acción interpuesta por arralde podría replicar el caso del concurso 25, donde los legisladores desoyeron el mandato de la Justicia y aprobaron pliegos. Ese tema aún sigue abierto.

En su presentación, a la que accedió RecintoNet, Arralde pide al Superior que «dicte sentencia condenatoria ordenando al Poder Ejecutivo a dictar la reglamentación correspondiente para efectivizar las reglas y condiciones del Concurso Público» previsto por el artículo 217 de la Constitución de Entre Ríos  para llenar la vacancia de aquél Tribunal.- Simultáneamente, la presente demanda porta la pretensión cautelar de la “prohibición de innovar» y ordenar a la Cámara de Senadores y al mismo Poder Ejecutivo que se abstenga de tratar, votar e inclusive designar el pliego y/o el letrado propuesto hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo que se plantea», dijo el ex legislador, abogado de profesión.

Entre las abundantes consideraciones, Arralde advierte que «el Poder Ejecutivo –con su sola voluntad y la del colegio de senadores provinciales- pretende designar al mencionado profesional nada menos que en la Presidencia del Tribunal de Cuentas de la Provincia sin cumplir con el requisito constitucional de realizar el Concurso Público que obliga la manda constitucional, incurriendo en una flagrante violación del texto y del espíritu de la Ley Fundamental, que quiso dotar al nombramiento de los funcionarios mencionados la máxima transparencia, imparcialidad y objetividad, considerando precisamente la calidad, responsabilidad y naturaleza de las funciones que rodea cada uno de tales cargos».

Luego, marca que «es de público conocimiento que el propuesto  Dr. Guillermo Smaldone se desempeña en la actualidad como titular del Ministerio de Trabajo, y su designación mediante un salto cualitativo desde su función de administrador auxiliar de una rama de la Administración Pública a un organismo de control externo de todas las cuentas estatales, la inversión de los caudales públicos, el ejercicio de la auditoría de toda la administración provincial y la fiscalización general de la gestión de los recursos fiscales, tiene una connotación de indudable “conflicto de intereses” entre su gestión como Ministro y el contralor de la misma, ya como –nada menos- Presidente del organismo de contralor de la provincia.- Huelga agregar que en su misión de eventual Presidente del Tribunal de Cuentas también tendrá a su cargo la auditoría, la inversión y la percepción de recursos de este mismo tribunal judicial –el SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA-, uno de cuyos vocales es el Dr. Juan Ramón Smaldone, padre del mencionado profesional propuesto para el órgano externo de control de todas las cuentas públicas».

Tras señalar aspectos normativos de la Constitución, el abogado señala que «para asegurar la independencia, imparcialidad  y  autonomía desde su génesis se fijó el requisito de la realización de un CONCURSO PÚBLICO que evalúe las condiciones e idoneidad de los aspirantes a cubrir las vacancias del Tribunal de Cuentas, señalándose el proceso, el método y la integración del Jurado  que debe convocar el Poder Ejecutivo para que designe una terna  que –elevada a la consideración del Gobernador- se concretaría en una propuesta de nombramiento para su remisión al Senado para que preste o deniegue el acuerdo conforme al art. 103 inc. 2º y 175 inc. 16º de la Constitución Provincial.- De esta manera, se pretendía dejar a buen resguardo la independencia de sus miembros y la despolitización de sus nombramientos» y añade: «Ninguno de tales recaudos ha sido cumplido por el Poder Ejecutivo Provincial en la propuesta de designación del Dr. Guillermo Smaldone».

 

La extensa presentación, también responsabiliza al gobernador Sergio Urribarri:  » La inexistencia de ley reglamentaria del artículo 217 de la Constitución Nacional no es ni puede ser óbice para eludir el cumplimiento de la manda constitucional, no sólo porque estamos en presencia de un acto de altísima envergadura institucional –se trata, recordémoslo, de designar al PRESIDENTE del máximo organismo de control externo de las cuentas públicas de la provincia, inamovible en sus funciones y solo removido por un jurado de enjuiciamiento- sino porque el artículo 281 de la Constitución Provincial  le otorga facultades al Poder Ejecutivo para dictar provisoriamente  los decretos reglamentarios que  sean necesarios para la aplicación de las nuevas instituciones sancionadas durante la Convención Constituyente de 2008.- El Gobernador PUEDE y DEBE sancionar la legislación de emergencia indispensable para transparentar la designación del Presidente del Tribunal de Cuentas  honrando el texto constitucional y no puede excusarse en la ausencia de ley reglamentaria para evadir el cumplimiento de la Constitución de Entre Ríos que juró cumplir y hacer cumplir en la ciudad de Concepción del Uruguay el día 11 de octubre de 2008″, le reprocha Arralde.

 

Finalmente, el ex senador advierte que la actitud del ejecutivo lesiona el principio de igualdad y denuncia que el hecho nos pone ante una situación de «extrema gravedad institucional y solicita a la Justicia que ordene a los senadores que se abtengan de votar.(RecintoNet)

Fuente: RecintoNet.com | Lic. Claudia Yauck