Unificaron el trámite de preadoptabilidad y guarda con fines adoptivos

Unificaron el trámite de preadoptabilidad y guarda con fines adoptivos
Así lo resolvió en su reunión de acuerdo el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos. Aprobó el Procedimiento de Declaración de Preadoptablilidad, que unifica ese trámite y tiene aplicación obligatoria y uniforme en todo el territorio provincial a partir del 22 de octubre.

Unificaron el trámite de preadoptabilidad y guarda con fines adoptivos
Así lo resolvió en su reunión de acuerdo el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos. Aprobó el Procedimiento de Declaración de Preadoptablilidad, que unifica ese trámite y tiene aplicación obligatoria y uniforme en todo el territorio provincial a partir del 22 de octubre. Paraná.(RN). El Superior Tribunal de Justicia aprobó la propuesta de unificación del trámite de preadoptabilidad y guarda con fines adoptivos para todas las jurisdicciones de Entre Ríos, que fuera elaborada por el defensor General del Poder Judicial, Maximiliano Benítez. Así lo resolvió el alto cuerpo en su Reunión de Acuerdo General Nº 27/13, del 17 de septiembre, donde también dispuso su aplicación obligatoria y uniforme en todo el ámbito de la provincia, entrando en vigencia a partir del 22 de octubre, fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

En las consideraciones del proyecto, Benítez, señalo que conforme legislación vigente, una vez agotadas las posibilidades de reinserción del niño/a y/o adolescente en su grupo familiar nuclear o ampliado y/o vencidos los plazos legales, se debe iniciar en forma inmediata el proceso de declaración de preadoptabilidad, de oficio por el juez interviniente, a pedido del Ministerio Pupilar o del organismo de protección de derechos.

Asimismo  explicó que se ha advertido que en las distintas jurisdicciones de la provincia este proceso se tramita de forma diferente, siendo necesario unificarlo a nivel provincial bajo criterios de celeridad, equidad y seguridad. Siempre teniendo en cuenta que el criterio rector debe ser el interés superior del niño, el cual se constituye como pauta de decisión ante un conflicto de intereses y en criterio para la intervención institucional destinada a protegerlo.

El tribunal compartió los fundamentos esgrimidos por Benítez y consideró imprescindible la unificación de esos procedimientos, su aprobación con entrada en vigencia en todo el ámbito provincial y de cumplimiento obligatorio para los organismos jurisdiccionales competentes, mejorando así el servicio de justicia en un área sumamente sensible y que requiere especial atención. (RecintoNet)

Fuente: RecintoNet.com | Lic. Claudia Yauck