El Consejo de Ciencias Económicas se reunión

p2 10-1-Autoridades del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos (CPCEER) mantuvieron una reunión con funcionarios de ATER. Analizaron alternativas «para cumplir con la Declaración Jurada Anual Informativa de Impuesto sobre los Ingresos Brutos y recategorización de Régimen Simplificado ante

la sanción de la ley 10265 entre otros». El encuentro con funcionarios de la Agencia Tributaria de Entre Ríos (ATER) fue encabezado por el Director Adjunto, Damián Zof, y es el resultado de notas enviadas desde la entidad, solicitando la opinión y asesoramiento del organismo fiscal sobre diversos puntos, entre otros, los vencimientos de las declaraciones jurada informativas de los entes civiles sin fines de lucro, Resolución Nº 329/2012. Según expresaron los colegiados, «se nos informó que se está a la espera de la nueva versión del aplicativo que contemplará la posibilidad de realizar la misma.

En virtud de ello informan que posiblemente el vencimiento será junio/2014. Oportunamente la ATER emitirá un comunicado al respecto», dijeron. Otro de los temas analizados fue el de los vencimientos de declaraciones juradas informativas (anual) del resto de los contribuyentes del año 2013. «Se prevé idéntica solución a la anterior, una vez que estén los aplicativos y vencimiento en junio 2014». Además se dialogó sobre la recategorización en el Régimen Simplificado Ingresos Brutos Ley 10.265. En este sentido, desde el Consejo señalaron que «se realizará una modificación a la Circular Nº 02/2012, estableciendo que los contribuyentes o apoderados se presentarán en las distintas representaciones territoriales de la ATER con el formulario A 23, informando los datos para su categorización, munido de documento de identidad, sin obligación de aportar ninguna información adicional».

Asimismo, según la entidad profesional, «se consultó sobre la situación de los agentes de retención en virtud de la incorporación del sector agropecuario como sujetos gravados en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y además analizando los plazos para inscripción de los sujetos a partir de la modificación de la Ley Nº 10.270 con efectos a partir del período enero de 2014». Al respecto se informó que «en principio se suspende la obligación de retener por las liquidaciones al sector agropecuario contribuyentes locales o directos, hasta tanto la ATER dicte resolución pertinente para el funcionamiento del sistema de retención a este sector». A la vez, se recordó por parte del organismo «la obligatoriedad de inscripción de todos los contribuyentes del sector agropecuario en virtud de las modificaciones impositivas a partir de enero de 2014, atendiendo a los vencimientos
cidos».