El gobierno puede contratar sin licitaciones para el programa Argentina Trabaja

El gobierno puede contratar sin licitaciones para el programa Argentina Trabaja

Así lo autorizó una ley sancionada a fin de noviembre. Puede utilizar el procedimiento de Contratación Directa por hasta una suma equivalente a cuatro veces el límite establecido para la contratación por el procedimiento de Licitación Privada.

El gobierno puede contratar sin licitaciones para el programa Argentina Trabaja

Así lo autorizó una ley sancionada a fin de noviembre. Puede utilizar el procedimiento de Contratación Directa por hasta una suma equivalente a cuatro veces el límite establecido para la contratación por el procedimiento de Licitación Privada.

Paranà.(RN). La Ley 10.262, sancionada el 20 de noviembre pasado y promulgada al día siguiente, facultó al Poder Ejecutivo a que a través de la Unidad Ejecutora del Programa Argentina Trabaja (que depende del Ministerio de Gobierno) pueda utilizar, para la adquisición de materiales, herramientas e insumos necesarios, el procedimiento de Contratación Directa previsto en el artículo 26º inciso h) de la Ley Nº 5140 y sus modificatorias (T.U.O. por Decreto Nº 404/95 MEOSP) y por hasta una suma equivalente a cuatro veces el límite establecido para la contratación por el procedimiento de Licitación Privada, establecido en el artículo 6º del Decreto Nº 795/96 MEOYSP texto vigente según Decreto Nº 1258/13 MEHYF.

La misma norma facultó al Ejecutivo a reglamentar el procedimiento que deberá observarse para la presentación y ejecución de los Proyectos de Capacitación con Obras, en el marco del Programa Nacional Ingreso Social con Trabajo – Argentina Trabaja, así como todo otro aspecto que haga a la operatividad del referido Programa. La ley mantendrá su vigencia mientras dure la ejecución total en el ámbito de la provincia de Entre Ríos del Programa Nacional, teniendo prevalencia sobre toda otra norma legal que se oponga a la presente.

Se trata de una de las tantas leyes impulsadas este año por el Ejecutivo, y sancionada por la mayoría legislativa oficialista, que se suma a la delegación de facultades otorgada en el Presupuesto 2014. Asimismo, cabe recordar la ley Nº 10.198 que faculta al Poder Ejecutivo para que a través de la Secretaría Ministerial de Obras y Servicios Públicos –la cual depende del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios– pueda utilizar el procedimiento de contratación directa para las obras a realizarse en las Juntas de Gobierno de la Provincia en el marco del Programa “Más Cerca, Más Municipio, Mejor País, Más Patria”.

También lo autorizó a recurrir al mismo procedimiento en aquellos municipios que soliciten la colaboración de la provincia para llevar a cabo las obras del referido programa. Se aclara que las contrataciones deberán estar precedidas por una solicitud de cotización.

La ley concedió además al Ejecutivo provincial la posibilidad de aprobar mediante decreto los requisitos mínimos a los cuales deberán ajustarse los proponentes, adaptados a la especialidad y magnitud de cada una de las contrataciones que se autorizan por los artículos anteriores. Asimismo, lo autorizó a efectuar las adecuaciones y transferencias presupuestarias que resulten necesarias para la ejecución del Programa, en tanto dispone que la Secretaría Ministerial de Obras y Servicios Públicos, deberá comunicar algunos detalles a la Legislatura, dentro de los 30 días de formalizada cada contratación. La información deberá contener: a) Obra contratada. b) Monto y plazo de ejecución de la obra.(RecintoNet)

Fuente: RecintoNet.com | Lic. Claudia Yauck