Reglamentaron la ley de servicio de casas particulares

Reglamentaron la ley de servicio de casas particulares
A casi un año de su entrada en vigencia, el gobierno nacional finalmente volvió operativa la norma. Creó el “Servicio de Conciliación Obligatoria” para el empleo de casas particulares.

Reglamentaron la ley de servicio de casas particulares
A casi un año de su entrada en vigencia, el gobierno nacional finalmente volvió operativa la norma. Creó el “Servicio de Conciliación Obligatoria” para el empleo de casas particulares. Paraná.(RN). Finalmente, luego de los reclamos de las representaciones gremiales en todo el país, el gobierno nacional publicó este miércoles en el Boletín Oficial el decreto reglamentario 467/14 de la ley que regula el trabajo del personal de casas particulares, que entró en vigencia el 21 de abril del año pasado. A la vez, el gobierno creó el “Servicio de Conciliación Obligatoria” para el empleo doméstico.

El Poder Ejecutivo recordó que por la Ley 26.844 se instituyó el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, que rige en todo el país “las relaciones laborales que se entablan entre las personas que presten tareas en las casas particulares y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico directo, cualquiera fuere la cantidad de horas diarias o de jornadas semanales en que sean ocupadas”.

Esa ley, según el texto oficial, “tiene por objeto garantizar a las/los trabajadoras/es de casas particulares el pleno ejercicio y goce de sus derechos fundamentales, y promover pisos mínimos protectorios ajustados a los principios generales del derecho laboral argentino”.

Además, el decreto creó el Servicio de Conciliación Obligatoria para el Personal de Casas Particulares (SECOPECP) en el ámbito del Ministerio de Trabajo, cuya organización y funcionamiento estará sujeto a las disposiciones que dicte la autoridad de aplicación de la Ley.

El gobierno facultó a la AFIP a “implementar los mecanismos necesarios que permitan proceder a la retención del importe correspondiente a la cuota sindical que establezcan las asociaciones sindicales que representan a las/los trabajadoras/es de casas particulares, de acuerdo a la normativa vigente, y proceder a su oportuna transferencia hacia esas asociaciones”.(RecintoNet)

Fuente: RecintoNet.com | Lic. Claudia Yauck